El Gobierno nacional ya definió cuáles son los fines de semana largo de 2025, con sus respectivos días no laborables puentes con fines turísticos y los feriados correspondientes. La medida fue oficializada por el decreto 1027 publicado este jueves 21 de noviembre en el Boletín Oficial.
A medida que el año progresa, es esencial estar informados sobre estas fechas, no solo para aprovechar los días de descanso, sino también para conmemorar y rendir homenaje a los momentos significativos de la historia del país. En este sentido, conocer el calendario de los feriados y fines de semana largos restantes facilita planificar las actividades de manera más eficiente y sacar el máximo provecho de cada período de asueto.
Es importante recordar que existe una diferencia entre día no laborable y feriado puente, dado que el primero deja la decisión de si se trabaja o no en manos del empleador, mientras que en el feriado nacional rigen las normas de descanso dominical.
A través del decreto oficial, el Gobierno estableció los días no laborables con fines turísticos de 2025. Se trata de tres días distintos, unidos a feriados, que extienden los fines de semana con la intención de promover los viajes, el turismo interno y disminuir los efectos negativos de la estacionalidad en el sector.
Cuál es la diferencia entre un día no laborable y un feriado
Es importante señalar que en esta ocasión, el Gobierno definió que los puentes que conforman los fines de semana largo serán días no laborables y no feriados nacionales, lo que implica una diferencia fundamental, dado que se trata de dos categorías distintas y, en caso de tener que trabajar, la retribución difiere según el caso.
La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborales son optativos para el empleador.
Si bien el Gobierno estableció los días no laborables puente, aún no se oficializó el calendario de feriados 2025. Sin embargo, hay una serie de días de descanso que se pueden adelantar y están detalaldos en la ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos” que define cuáles son los feriados nacionales inamovibles, establecidos por ley. Algunos de ellos, como el Año Nuevo o los días de Carnaval, se ajustan a las vicisitudes del calendario gregoriano, y así cambian año tras año su lugar en la semana. Por otro lado, determinadas fechas patrias están fijadas en las efemérides que conmemoran. También están los feriados trasladables, categoría que agrupa a distintas celebraciones que pueden caer en fin de semana, moverse al lunes anterior cuando caigan un martes o miércoles, o al posterior si caen un jueves o viernes.
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